El Administrador Municipal depende directamente del Alcalde y tiene por objetivo administrar estratégicamente la organización interna de la Municipalidad, de acuerdo a los planes y programas establecidos, a las atribuciones que le señale el Reglamento Municipal y a las que le delegue el Alcalde.

Al Administrador Municipal le corresponden las siguientes funciones:

  • Planificar y ejecutar las tareas de dirección y coordinación permanente de todas las unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del Alcalde.
  • Adoptar las providencias necesarias para el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de la políticas, planes, programas y proyectos municipales, que se relacionen con la gestión interna del Municipio.
  • Convocar y dirigir cada uno de los Comités de Área Estratégica del Municipio: Área de Gestión Interna, Área de Desarrollo Social, Área de Desarrollo Territorial y Área de Desarrollo Productivo.
  • Cautelar la permanente coordinación entre las Direcciones adscritas a las respectivas áreas estratégicas y evaluar el cumplimiento de los programas y actividades preestablecidas.
  • Ejercer las atribuciones que le delegue el Alcalde y el Concejo, en conformidad con la Ley y las demás funciones que se le encomienden, de acuerdo con el reglamento interno.
  • Realizar estudios y proponer alternativas de reorganización de los servicios que prestan, así como detectar necesidades e implementar acciones de optimización de los procesos administrativos internos.
  • Convocar al Comité de Emergencia cuando lo disponga el Alcalde o se requiera.
  • Apoyar con tecnología computacional u otras las actividades de todos las Direcciones, Departamentos y otras unidades de la Municipalidad, preocupándose del desarrollo de programas como de la actualización de todo su equipo.
  • Colaborar con las unidades correspondientes en la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna.
  • Realizar labores de articulación de equipos de trabajo y participar en la elaboración de los Planes de Capacitación y Desarrollo del Personal.
  • Coordinar la creación y el desarrollo de las actividades de los distintos comités municipales.
  • Analizar las instrucciones, reglamentos, manuales de organización, procedimientos y descripción de cargos, a fin de comprobar su utilidad y actualización, de acuerdo a la normativa vigente. En caso de no contar con estos instrumentos, deberá dirigir y supervisar su elaboración por las unidades respectivas.
  • Estudiar y velar por el cumplimiento de la estructura de la organización, en cuanto al número de unidades que la componen, a sus encargados y a la distribución de funciones, con especial énfasis en los límites de responsabilidad, en la centralización de decisión y delegación, etc.
  • Asesorar la puesta en marcha de cualquier nueva función que se establezca, así como de cualquier cambio o modificación de la organización de la Municipalidad o de su funcionamiento.
  • Coordinar las acciones para el cumplimiento de las funciones de la estructura organizacional y los futuros cambios y ajustes que ésta requiera.
  • Elaborar, proponer y programar en coordinación con otras unidades municipales, los gastos de inversión en la Municipalidad necesarios para la adecuada Gestión Municipal y los gastos de operación.
  • Establecer y mantener una estructura de comunicaciones y coordinación interna que vele por el buen funcionamiento institucional.
  • Velar por el desarrollo cultural y realizar actividades de difusión y promoción de los intereses artísticos y culturales de la comuna.
  • Evaluar e implementar las medidas que estime necesarias para resolver situaciones derivadas de catástrofes de causa natural o no, que afecten a la población de la comuna y para prevenir o disminuir su impacto en el futuro.
  • Orientar el quehacer de la Dirección en función del Plan de Desarrollo Comunal, la Misión Municipal y la Planificación Estratégica.
  • Propiciar un adecuado clima laboral.
  • Cumplir otras funciones que el Alcalde le encomiende, de conformidad con la legislación vigente.